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Algunas reglas
JUGADORES. Los
equipos deben estar compuestos cada uno por un máximo de cinco
jugadores.
DURACIÓN DEL PARTIDO.
El tiempo de duración de un partido es de 40 minutos, divididos en dos
periodos de 20 minutos cada uno, con un descanso entre ambos que en ningún
caso puede ser superior a 10 minutos.
TERRENO DE JUEGO. Tiene
que ser de superficie rectangular. Las medidas oficiales son de 40
metros las líneas de banda y 20 metros las líneas de fondo, pudiendo
existir una tolerancia de 2 metros más o menos en cada una de las líneas.
| Pista Cubierta:
dimensiones: 45 X 27 mts. Pavimento
de parquet. Aforo
de 511 espectadores.
Pabellón Florida Babel
(Alicante)
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Juego
y sus incidencias
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Art.
52.
El tanto se consigue
por falta del contrario en el saque o en las incidencias del juego o de
la manera siguiente:
Verificando el saque,
si quien lo ejecuta hace buena. el jugador del equipo contrario está
obligado a devolver la pelota contra el frontis, de forma que toque el
mismo y después bote en el suelo de la cancha, dentro de las líneas
señaladas. Puede, asimismo, tocar el frontis y salir despedida hasta
el rebote, tocando o no la pared izquierda, pero en todos los casos
debe caer en el suelo de la cancha, dentro de las líneas marcadas
como límite, salvo que sea interceptada de aire o de bolea. No puede
dar más que un solo bote.
La pelota deberá
dirigirse siempre contra el frontis, aunque puede antes o después
tocar la pared izquierda. No podrá nunca lanzarse primero
directamente contra el rebote.
En el trinquete puede
tocar ambas paredes, izquierda y derecha, antes o después de tocar el
frontis y tantas veces como sea y puede botar en el tejadillo tantas
veces como sea o deslizarse por el mismo. No podrá botar en el suelo
más que una vez y nunca podrá lanzarse primero contra el rebote.
El jugador deberá
devolver la pelota, bien al aire o después del primer bote, pues de no
hacerlo así ha perdido el tanto.
En la modalidad de
mano, se prohíbe efectuar el saque o devolución de la pelota al
frontis, mediante su retención en la mano. En consecuencia, no estará
permitido accionar la muñeca o el brazo, ni modificar su posición o
postura, una vez que la pelota haya entrado en contacto con la mano.
ART. 53
Se admitirán, en
cambio, todos los recursos de los que el pelotari se sirva a la pelota
la dirección o efectos que considere oportunos, siempre que no incurran
en las infracciones del párrafo anterior. Entre otros recursos en
atención a su larga tradición en el deporte de Pelota a mano, se dan
expresamente como válidos los siguientes:
a) Cuando al dar a la
pelota después de que bote se frene la mano para hacer dejada o darle
efecto.
b) Cuando por
arrimada de la pelota a la pared izquierda se trata de llevarla a
buena empujándola con la mano.
c) Cuando el pelotari
efectúa al aire, de bolea o sota mano, una dejada, empujando
suavemente la pelota con la mano hacia el frontis.
Los jueces aplicarán
estrictamente estas normas, dado falta a toda pelota que no haya sido
proyectada contra el frontis de la manera exigida taxativamente en los párrafos
precedentes y anotarán el tanto al bando contrario.
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Art.
54.
En la modalidad de
cesta, la pelota puede ser retenida únicamente el tiempo suficiente
para su nuevo lanzamiento, sin que pueda botar dentro de la cesta, únicamente
deslizarse.
El jugador no puede
cambiar la postura inicial de recogida de la pelota, ni caminar con ella
una vez recogida, salvo el impulso propio de buscar la pelota.
Si la pelota toca el
aro de la cesta y entra en ella es buena.
En el rebote no se podrá
retener la pelota, sino que deberá lanzarse inmediatamente. En la misma
forma se hará cuando la pelota tras tocar frontis, rebote y nuevamente
frontis, antes del segundo bote. De rebote podrá hacerse buena
golpeando la pelota con la cesta.
El jugador podrá
apoyarse en la pared izquierda o reja de separación de público,
siempre que no suponga modificación de la postura inicial de la pelota.
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Art.
55.
Devuelto el saque, la
pelota será lanzada contra el frontis, alternativamente por cada
equipo. Si el equipo, se compone de más de un jugador, el lanzamiento
se efectuará a voluntad de sus componentes, sin que la alternancia
entre ellos sea obligada.
El tanto se termina, a
favor del equipo que corresponda, cuando la pelota toca cualquier zona
del frontón o trinquete, que no conforme la cancha, bien sea antes o
después del bote. Si es antes, será falta contra el equipo lanzador,
si es después, tanto a su favor.
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Art.
56.
Durante el transcurso
del partido el delantero y zaguero podrán modificar sus posiciones
cuantas veces quieran y en la forma que les interese.
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Art.
57.
Si comenzado el tanto,
la pelota tropezara con un jugador, el Juez Principal distinguirá los
siguientes casos:
1. El jugador que
pega a un compañero, en el que la jugada será siempre falta para el
equipo de ambos.
2. El jugador que
pega a un contrario en el que el Juez Principal, previa consulta con
el Juez Ayudante, si lo estima pertinente, decidirá dando
"vuelta" o tanto en contra del que lanzó la pelota, según
se aprecie que la misma llegaba o no a buena.
3. Si la pelota después
de pegar a un contrario, llegase a buena, el Juez Principal apreciará
igualmente si el lanzamiento inicial llegaba a buena o no, dando
vuelta o falta, respectivamente.
4. Si algún jugador
interceptara voluntariamente la pelota, además de sancionarle con la
pérdida del tanto, debe ser amonestado. El Juez Principal aplicará
esta sanción aun cuando no fuera a buena, ya que hasta que no bota en
el suelo se considera en juego.
La vuelta consiste en
la repetición del tanto, iniciando el saque el que lo hubiera
realizado anteriormente y con idéntica pelota, salvo que a criterio
del Juez Principal ésta estuviera deteriorada.
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Art.
58.
Si durante el juego se
desprende de un pelotari, cualquier parte de su indumentaria y quedando
la misma dentro de la cancha, en el transcurso del tanto, la pelota
tocase en el ella, el dueño de la prenda o su equipo perderá el tanto.
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Art.
59.
Si un
jugador se interpone involuntariamente a su contrario, impidiendo que éste
pueda restar o devolver la pelota, el jugador perjudicado o su compañero,
únicamente, podrán pedir que se dé vuelta, mediante la voz
"pido", cuya vuelta será concedida exclusivamente por el Juez
Principal, previa consulta con el Ayudante, si lo estima pertinente, que
decidirá si ha existido estorbada o no, con independencia de que haya
sido tocada o no la pelota por el jugador o equipo perjudicado.
Si la
estorbada fuera apreciada pro el Juez Principal de forma clara y
terminante que fue voluntaria, sin necesidad de ser pedida por el
contrario, se perderá el tanto por el jugador que la hiciere.
La
estorbada de jueces, espectadores, fotógrafos o cualquier persona
autorizada a estar en la contracancha, será siempre vuelta. Cualquiera
otra posible estorbada será a criterio del Juez Principal
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Art.
60.
Si dos
jugadores pegan a la vez a la pelota, simultáneamente, es buena. Si el
golpe o impulso fue dado en tiempos distintos será falta. En la
modalidad de mano, el devolver la pelota con las dos manos debe ser
buena, si el golpe fue dado con carácter simultáneo, y falta en caso
contrario, lo cual sólo los jueces son los encargados de apreciarlo. En
las especialidades de pala, pala corta, paleta y frontenis, sólo podrá
darse un golpe en la herramienta, sin que pueda remontarse, en cuyo caso
será falta.
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Art.
61. 
Los
jueces velarán
para que durante el partido no exista relación entre los jugadores y
personas ajenas al mismo, incluido los espectadores.
Terminado
un tanto, únicamente el equipo que lo haya
ganado, a través de cualquiera de sus componentes podrá solicitar un
período de descanso, que será de un minuto, cuya acumulación a través
del partido no podrá ser superior a cinco minutos por equipo.
A tal
efecto el jugador que lo interese o el botillero o delegado-entrenador,
lo solicitará al Juez Principal o al Juez Auxiliar, si éste llevase
dicho control. La petición solicitada por el botillero-entrenador,
prevalecerá sobre la indicación del pelotari.
Transcurrido
el tiempo máximo de descanso, no se realizará interrupción de clase
alguna.
Si
cualquiera de los pelotaris no se reintegrase al juego, al finalizar el
tiempo de interrupción solicitado, sea cual sea el solicitante, el Juez
Principal requerirá, previa amonestación, y de no cumplirse, se anotará
el tiempo transcurrido como tiempo de interrupción del que lo
realizarse, hasta el máximo de tope de cinco minutos, transcurrido el
cual se dará por finalizado y perdido el partido para el infractor.
En todo
caso, en los últimos cinco tantos de un partido, no se permitirán más
de dos interrupciones de tiempo de descanso.
No
obstante, y por motivos excepcionales, apreciados como tales por el Juez
Principal, como rotura de herramienta, indumentaria, lesión temporal de
un jugador, se podrá acordar la interrupción del partido por el plazo
que el Juez estime pertinente y prudencial, aun después de haber
agotado el pelotari o equipo afectado, el tiempo previsto en los párrafos
anteriores. No se entenderá en esta excepción el cambio de cinta de
cesta o remonte, ni el cambio de tacos o protección de manos, ni el
encintado de palas o paletas.
Se
habilitarán, en la zona de la contracancha junto al rebote, unas sillas
o bancos para el descanso de los pelotaris, botilleros, preparadores o
delegados.
En el
supuesto de lesión el tiempo máximo de espera será siempre de diez
minutos.
En el
Ambito Profesional, por motivo de apuestas, el Juez de Centro tendrá
potestad para otorgar más tiempos de descanso, que lo estipulado en
este Reglamento, siempre acogiéndose lo máximo posible a la
reglamentación.
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Art.
63.
El
pelotari que solicite el descanso o interrupción previsto en el artículo
anterior no podrá abandonar la cancha, salvo expreso consentimiento del
Juez Principal, que lo limitará a situaciones imprescindibles.
En
este supuesto el Juez Ayudante acompañará al jugador, a fin de
cerciorarse del hecho que motiva la autorización. Si los motivos
aducidos no son los reales, por el Juez Principal se ordenará la
reanudación inmediata del partido y, de no hacerse, aplicará las
sanciones del párrafo 4º del Art.
62.
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Art.
64.
Los
jueces en el Ámbito Aficionado serán siempre dos, para cualquier tipo
de instalación (Frontón 30 metros, Frontón 36 metros y Frontón 54
metros).
Para el
Ámbito Profesional se autoriza que sea dos o tres, tanto para la mano
como para la herramienta.
Cuando
sean dos, el Juez Principal se colocará en el cuadro 7 y el Juez
Ayudante en el cuadro 4.
En
Frontenis Olímpico el Juez Principal en el cuadro 3 y el Juez Ayudante
en el cuadro 5.
Cuando
sean tres jueces en frontón corto se colocarán el Juez Principal en el
cuadro 4 y un Ayudante en el cuadro 7, y el otro Ayudante entre el
cuadro 4 y el frontis. En frontón largo el Juez Principal en el cuadro
7 y los ayudantes, uno en el cuadro 11 y el otro en el cuadro 4.
En
trinquete el Juez será único, colocándose junto al rebote. Podrá
utilizar un Juez Ayudante para la línea de corta o falta, que se
colocará fuera de la cancha.
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Art.
65.
El Juez
Principal o Ayudante que esté frente a las líneas de pasa o falta es
el único que determina la validez de la jugada en estos casos.
El Juez
Ayudante no podrá, durante el transcurso del tanto, dar ninguna pelota
buena o mala, ni hacer ningún gesto o señal en tal sentido, limitándose
a asesorar al Juez Principal, a su requerimiento o a su iniciativa, pero
sin que transcienda a jugadores o público.
El Juez
Ayudante podrá estar encomendado del cuidado de las pelotas, control
del tiempo de descanso o aquellos otros cometidos que le confiera el
Juez Principal.
El Juez
Principal podrá decidir la modificación de la situación de los jueces
durante el partido, en función del mismo y sus necesidades.
Las
faltas serán señaladas mediante pito o señal acústica, en su caso, y
mediante alzamiento del brazo o herramienta de protección que utilice
el Juez.
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Art.
66.
Los
jugadores, delegados o entrenadores y el público se someten
voluntariamente a la decisión de los jueces.
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Art.
67.
La
decisión de los jueces es inapelable y no pueden estar sujetos a coacción
o influencia de clase alguna.
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Art.
68.
Los
espectadores que protesten de la decisión de los jueces en forma que
produzca disturbio o coacción, serán invitados y después obligados a
abandonar la instalación, mediante la intervención del delegado
federativo y en su caso con asistencia del personal de seguridad.
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Art.
69.
En
los Campeonatos de España los jueces serán designados por el Comité
Nacional de Jueces, o por los Comités Autonómicos en los que aquél
expresamente delegue.
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Art.
70.
En los
partidos oficiales podrá designarse los llamados
"botilleros", que se situarán en la contracancha, próximos
al rebote o en el lugar determinado por el Juez Principal, siendo su
misión exclusiva asesorar a los jugadores en los descansos entre tanto
y tanto, pero absteniéndose de salir a la cancha, hablar con los jueces
o público y tocar o probar las pelotas en el transcurso del encuentro.
Pueden ejercer de botilleros los entrenadores, delegados de equipo o
aquellas personas designadas previamente por éstos, debiendo constar en
el acta oficial su nombre, licencia o DNI.
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Art.
71. 
El Juez
Principal podrá retirar al Juez Ayudante durante el partido, sustituyéndole
por otro.
El Juez
Principal sólo podrá ser sustituido por causa de enfermedad o a petición
propia.
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Art.
72.
Tan
pornto como los jugadores comiencen a ensayar, el público se retirará
de la cancha y contracancha quedando prohibida la permanencia en ellas
desde este momento a toda persona ajena al partido.
Sólo
podrán permanecer en la contracancha, durante el ensayo y partido: Los
Jueces, entrenadores o delegados y el delegado federativo.
En el
lugar autorizado pro la Organización podrán estar fotógrafos o cámaras
de TV.
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Art.
73.
Queda
prohibido mojar la pelota bien con el sudor u otro medio cualquiera. Si
se hiciere, el Juez amonestará al jugador indicándolo en el acta.
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Art.
74.
Los
jueces extremarán la atención en la vigilancia de las pelotas entre
tanto y tanto, al objeto de que no se produzcan acciones como la de
mojar la pelota sin advertirlo a la parte contraria, estropearla
intencionadamente o no entregarle la pelota para su revisión antes del
lanzamiento del saque. Los jueces ayudantes informarán al Juez
Principal de todas aquellas anomalías que se produzcan, tanto en relación
con las pelotas, herramientas, uniformes y jugadores.
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Art.
75.
Si
en el peloteo de un tanto se le escapara de la mano la
"herramienta" a algún jugador, éste no podrá utilizar la de
su compañero ni ninguna otra "herramienta" en el mismo tanto,
salvo la que se le ha escapado, que deberá ser recogida precisamente y
sólo por él, del lugar en que quedó.
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Art.
76.
Si
la "herramienta" escapada le fuese entregada por su compañero
o cualquiera otra persona, o le ayudasen a recogerla de cualquier forma,
deberá abstenerse de intervenir en el mismo tanto, ya que su intervención,
hecha de esta forma, llevará consigo la pérdida del tanto.
Si los
contrarios tocasen la herramienta voluntariamente o dificultasen la
recogida será falta de éstos.
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Art.
77.
Si
el peloteo de un "tanto" se le rompiese o inutilizase la
"herramienta" a un jugadora, éste no podrá cambiarla por
otra hasta que haya sido decidido el mismo. Lo contrario llevará
consigo la pérdida del tanto para su bando, a no ser que se abstenga de
intervenir hasta que termine. No obstante, puede usar el trozo de
"herramienta" que le quede.
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Art.
78.
La
"herramienta" siempre deberá estar adherida al cuerpo del
jugador en el momento de dar a la pelota. Lo contrario no es válido y
lleva consigo la pérdida del tanto para su bando.
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Art.
79.
El Juez
Principal y Ayudantes exigirán la presentación de los jugadores con el
uniforme reglamentario, debiendo prohibir su intervención hasta que los
mismos lleven el adecuado.
En el
transcurso del partido, cuando un jugador infrinja las normas
reglamentarias o su actitud no sea la adecuada con el público, equipo
contrario o jueces, o se produzca cualquier hecho que suponga actitud
antideportiva, el Juez Principal amonestará al jugador de forma pública
y notoria para general conocimiento de los asistentes, tantas veces como
sea preciso y además obligatoriamente deberá constar en el acta cada
una de las amonestaciones, que serán trasladadas al Comité de
Jurisdicción y Competición de conformidad con las normas de disciplina
deportiva, que resolverá conforme a las mismas.
Los
jueces extremarán el control de herramientas y uniformidad a través
del partido, impidiendo que los jugadores se descalcen, se desprendan de
prendas, distintivos o cascos protectores.
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Art.
80.
Si en
el transcurso de un tanto se rompiera la pelota, de forma que fuera
apreciada por el Juez Principal, éste parará el tanto en disputa para
cambiarla, y se reanudará el mismo con vuelta.
Suspensión
de partidos
-
Art.
81.
Una vez comenzado el
partido no podrá suspenderse sino es por causa de fuerza mayor, falta
de luz, percance u otra causa apreciada por el Juez Principal, previa
consulta con el Delegado Federativo si lo hubiere. El mal de manos no se
considera causa de suspensión.
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Art.
82.
En los
Campeonatos de España si faltase la luz artificial en el transcurso del
partido, se suspenderá éste durante el tiempo necesario para la
reparación de la avería. Pasada media hora desde el momento de
producirse la avería el Juez Principal, previa consulta con el Delegado
Federativo, si lo hubiese, determinará la suspensión del partido,
informándose a los jugadores, delegados y al público.
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Art.
83.
La
suspensión en Campeonatos de España de un partido por la falta de luz,
antes indicada, o fuerza mayor, podrá continuarse el encuentro en otra
ocasión o fecha que se designe por la Federación Española de Pelota,
con el tanteo que señalaba el marcado en el momento de la suspensión.
No se
entenderá fuerza mayor la indisposición o inutilización de algún
jugador.
La
suspensión de partidos por lluvia, o cualquier otro elemento atmosférico
no se considerará como causa de fuerza mayor, perdiendo el partido el
equipo usufructuario de la instalación.
En los
Campeonatos de España de liga por Federaciones o Clubes éstos serán
los responsables, y los disputados por concentración será la Federación
organizadora.
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Art.
84.
En los
supuestos de lesión de un jugador durante el partido, que por
certificación médica impida la prosecución del mismo, podrá el mismo
sustituirse por aquellos jugadores suplentes previamente designados. El
jugador suplente debe reintegrase al partido en un término de diez
minutos en que se acuerde la sustitución.
En el
supuesto de sustitución el equipo contrario podrá sustituir también
un jugador.
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Art.
85.
Cuando no se pudiera
realizar la sustitución, podrá continuarse el partido, en el caso de
parejas, con el jugador restante.
Cuando no pueda
sustituirse o continuar el partido, según el párrafo anterior, el
partido se considerará terminado por lesión, y a efectos de resultado
se entenderá que el equipo contrario ha obtenido los tantos a los que
se disputaba el partido y el equipo retirado aquellos que tenían en el
momento de ls suspensión.
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Art.
86.
Cualquier
modificación de los partidos anunciados o la suspensión de los mismos
o la sustitución deberá ser comunicado al público.
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